NUEVO DECRETO DE LEY Y AFECTACIONES

El pasado 27 de octubre se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) el Decreto de Ley 24/2021, de 26 de octubre, de aceleración del despliegue de las energías renovables que modifica el Decreto Ley, 16/2019, de 26 de noviembre, de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a energías renovables.

Las principales novedades que incorpora el Decreto Ley 24/2021 y que nos afectan son las siguientes:

– Favorece la participación de actores locales (Ayuntamiento y ciudadanía).

– Ordena la formulación de una planificación territorial para la generación de energías renovables en Cataluña (incluidas las líneas de evacuación), en el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor del Decreto ley.

– Se redefine los criterios específicos para la implantación de parques eólicos y plantas fotovoltaicas.

– Se incluyen mejoras de aceptación social, que implican:

  • Aportar el compromiso, con anterioridad a la información pública del proyecto, del 50 % de los terrenos agrícolas privados sobre los que se proyecta la planta fotovoltaica o la cementación de los aerogeneradores, incluidos los terrenos de la subestación eléctrica y excluidos los accesos y líneas de evacuación.
  • Ofrecer una participación local del proyecto de un 20% de su propiedad o de su financiación.

– Desaparece la consulta de viabilidad previa del emplazamiento en la Ponencia de Energías Renovables.

– Para poder solicitar la DUP (Declaración de Utilidad Pública) de forma conjunta a la autorización administrativa previa, será necesario justificar la consecución del 85 % de la superficie privada ocupada.

– Establece un régimen de transitoriedad que actualmente está siendo interpretado por la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Energía y formulada, como consulta, al Gobierno, por cuanto no queda claro cómo aplicar respecto a proyectos que ya se habían iniciado anteriormente.

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nos expandimos territorialmenteentrevista Jordi Masramon